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	<title>Comentarios en: ¿Iva en Adsense? II</title>
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	<description>Blog sobre internet, buscadores, dominios y otras cosas de Ferran</description>
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		<title>Por: pepeito</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-200579</link>
		<dc:creator>pepeito</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 May 2008 16:33:10 +0000</pubDate>
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		<description>Entonces debemos o no aplicarles a las facturas el iva ?? tu lo haces?? te respondieron por escrito en la agencia tributaria ??</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Entonces debemos o no aplicarles a las facturas el iva ?? tu lo haces?? te respondieron por escrito en la agencia tributaria ??</p>
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		<title>Por: xtrex</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-71284</link>
		<dc:creator>xtrex</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Sep 2007 14:46:25 +0000</pubDate>
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		<description>Aquí la respuesta:

http://contafisca.es/2006/12/fiscalidad-de-google-adsense-en-espaa.html</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Aquí la respuesta:</p>
<p><a href="http://contafisca.es/2006/12/fiscalidad-de-google-adsense-en-espaa.html" rel="nofollow">http://contafisca.es/2006/12/fiscalidad-de-google-adsense-en-espaa.html</a></p>
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		<title>Por: WebmasterParticular</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-41367</link>
		<dc:creator>WebmasterParticular</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Jun 2007 00:08:58 +0000</pubDate>
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		<description>perdon, creo que puse este post en la entrada equivocada (una sobre adsense&amp;IVA)



Quiero saber si yo contrato adwords de google para generarme trafico hacia mi web (que tiene publicidad adsense y de otros y genera dinero) que es como un portal con muchas cosas (chat, anuncios, foro, etc…) pero que la hago en mi casay no soy empresa podria tener problemas si contrato adwords siendo un particular en lo referente a ltema que nos centra, el iva, y la publicidad…</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>perdon, creo que puse este post en la entrada equivocada (una sobre adsense&amp;IVA)</p>
<p>Quiero saber si yo contrato adwords de google para generarme trafico hacia mi web (que tiene publicidad adsense y de otros y genera dinero) que es como un portal con muchas cosas (chat, anuncios, foro, etc…) pero que la hago en mi casay no soy empresa podria tener problemas si contrato adwords siendo un particular en lo referente a ltema que nos centra, el iva, y la publicidad…</p>
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		<title>Por: carmen</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-18202</link>
		<dc:creator>carmen</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Mar 2007 23:16:18 +0000</pubDate>
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		<description>Yo si declaro IVA,  hice una consulta vinculante a Hacienda y aunque no lo vi muy claro, no me dijo que no. Antes de recibir una multa prefiero pagar pues,  ya digo, Hacienda no me ha dicho que no debo aplicar IVA, por lo que si hay inspección no tengo claro que no me multara si no aplicase el IVA.

Os animo ha que hagais la consulta vinculante a Hacienda y luego decidais,  os aseguro que una multa de IVA de Hacienda es mucho peor que hacer la consulta.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo si declaro IVA,  hice una consulta vinculante a Hacienda y aunque no lo vi muy claro, no me dijo que no. Antes de recibir una multa prefiero pagar pues,  ya digo, Hacienda no me ha dicho que no debo aplicar IVA, por lo que si hay inspección no tengo claro que no me multara si no aplicase el IVA.</p>
<p>Os animo ha que hagais la consulta vinculante a Hacienda y luego decidais,  os aseguro que una multa de IVA de Hacienda es mucho peor que hacer la consulta.</p>
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		<title>Por: leonardo muñoz moncada</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-3251</link>
		<dc:creator>leonardo muñoz moncada</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Sep 2006 22:02:33 +0000</pubDate>
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		<description>deseo saber el número de la  Ley del IVA de los servicios de publicidad, que habla este articulo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>deseo saber el número de la  Ley del IVA de los servicios de publicidad, que habla este articulo.</p>
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		<title>Por: David</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-1595</link>
		<dc:creator>David</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Aug 2006 14:59:58 +0000</pubDate>
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		<description>No tienes que emitir facturas con IVA.

Los ingresos que yo he visto provienen de USA, y desde Google Inc., y por lo tanto no sujetos. ¿El porqué?

Según la Ley del IVA los servicios de publicidad, se encuentran citados expresamente a los efectos de las reglas especiales para la determinación del lugar de prestación de los servicios.

Así se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los servicios de publicidad por vía electrónica, en dos supuestos, dependiendo del lugar del destinatario del servicio o el del prestador:

1-	Cuando el destinatario del servicio, Google  en este caso, sea un empresario profesional que actúa en esa condición y tiene en el territorio del impuesto la sede de su actividad económica o tenga establecimiento permanente cuando los servicios prestados lo sean a esa sede en concreto. A estos efectos será indiferente el lugar de residencia del prestador de los servicios, o el lugar desde donde los preste.

2-	Cuando el prestador del servicio sea un empresario o profesional y la sede de su actividad o establecimiento desde el que se presten los servicios se encuentre en territorio de aplicación del impuesto y los servicios sean prestados a particulares no profesionales ni empresas.

Pues bien, de la aplicación de estas reglas se puede concluir que si bien Google tiene un establecimiento permanente en España y, obviamente, es una empresa, y dado que el servicio de alquiler del espacio en línea no está destinado a la sede de Google en España, la operación no esta sujeta.

La sede del profesional, el blogger, estará en España, coincidirá con su domicilio particular como regla general, pero al estar el servicio destinado a un empresario tampoco queda sujeto por la segunda regla.

Es en aplicación de estas reglas por lo que no tienes que declarar IVA.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No tienes que emitir facturas con IVA.</p>
<p>Los ingresos que yo he visto provienen de USA, y desde Google Inc., y por lo tanto no sujetos. ¿El porqué?</p>
<p>Según la Ley del IVA los servicios de publicidad, se encuentran citados expresamente a los efectos de las reglas especiales para la determinación del lugar de prestación de los servicios.</p>
<p>Así se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los servicios de publicidad por vía electrónica, en dos supuestos, dependiendo del lugar del destinatario del servicio o el del prestador:</p>
<p>1-	Cuando el destinatario del servicio, Google  en este caso, sea un empresario profesional que actúa en esa condición y tiene en el territorio del impuesto la sede de su actividad económica o tenga establecimiento permanente cuando los servicios prestados lo sean a esa sede en concreto. A estos efectos será indiferente el lugar de residencia del prestador de los servicios, o el lugar desde donde los preste.</p>
<p>2-	Cuando el prestador del servicio sea un empresario o profesional y la sede de su actividad o establecimiento desde el que se presten los servicios se encuentre en territorio de aplicación del impuesto y los servicios sean prestados a particulares no profesionales ni empresas.</p>
<p>Pues bien, de la aplicación de estas reglas se puede concluir que si bien Google tiene un establecimiento permanente en España y, obviamente, es una empresa, y dado que el servicio de alquiler del espacio en línea no está destinado a la sede de Google en España, la operación no esta sujeta.</p>
<p>La sede del profesional, el blogger, estará en España, coincidirá con su domicilio particular como regla general, pero al estar el servicio destinado a un empresario tampoco queda sujeto por la segunda regla.</p>
<p>Es en aplicación de estas reglas por lo que no tienes que declarar IVA.</p>
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	<item>
		<title>Por: Com</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-952</link>
		<dc:creator>Com</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 22 Jul 2006 21:55:38 +0000</pubDate>
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		<description>¡Hombre Alma! Cuanto tiempo :)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¡Hombre Alma! Cuanto tiempo <img src='http://www.com.es/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
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	<item>
		<title>Por: Alma</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-951</link>
		<dc:creator>Alma</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 22 Jul 2006 20:06:11 +0000</pubDate>
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		<description>Cobras el iva de google? pues entonces como lo vas a ingresar? hay que ser tonto!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cobras el iva de google? pues entonces como lo vas a ingresar? hay que ser tonto!</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Com &#187; Ferran &#187; ¿Iva en Adsense? III</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-873</link>
		<dc:creator>Com &#187; Ferran &#187; ¿Iva en Adsense? III</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Jul 2006 03:41:36 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Hace unos días, tras mis inquietudes sobre si se debe aplicar Iva a las facturas que hacemos los webmasters a Google por Google Adsense, escribí al equipo de Dentro de Adsense, y les pregunté: [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Hace unos días, tras mis inquietudes sobre si se debe aplicar Iva a las facturas que hacemos los webmasters a Google por Google Adsense, escribí al equipo de Dentro de Adsense, y les pregunté: [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Com</title>
		<link>http://www.com.es/00179/%c2%bfiva-en-adsense-ii/comment-page-1/#comment-852</link>
		<dc:creator>Com</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Jul 2006 18:39:14 +0000</pubDate>
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		<description>Exacto Bomber, ya hemos hecho una consulta por escrito para tener constancia y que luego no nos busquen las cosquillas.

En cuando tenga la respuesta, la publico. Tambien voy a optar por seguir sin aplicarle Iva a las facturas.

Gracias por tu ayuda Bomber!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Exacto Bomber, ya hemos hecho una consulta por escrito para tener constancia y que luego no nos busquen las cosquillas.</p>
<p>En cuando tenga la respuesta, la publico. Tambien voy a optar por seguir sin aplicarle Iva a las facturas.</p>
<p>Gracias por tu ayuda Bomber!</p>
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