En referencia al tema de si debemos aplicar Iva a las facturas que los webmasters españoles realizamos a Google por el servicio prestado a través de Google Adsense, mi contable se empeña en que tengo que aplicarle el Iva, y claro, me lo estoy mirando con lupa.
He encontrado un documento de la Agencia Tributaria:
Tributación del comercio electrónico en el impuesto sobre el valor añadido
Entiendo que Google Adsense es un servicio de comercio electrónico. Tras leer el artículo, creo que la cuestión es:
¿La utilización o explotación efectivos de estos servicios se realiza en España o en Estados Unidos?
Si la respuesta es España, se tiene que aplicar Iva, en caso de que sea Estados Unidos, no. ¿Cual es la respuesta?

Yo he llamado varias veces a la Agencia Tributaria (901 33 55 33) y me dicen que no tengo que aplicarles Iva, pero mi contable me dice que depende de cómo les formule la pregunta me diran una cosa u otra…








